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Los derechos de autor en el mundo de la moda.

Coraline Suárez
jueves, 05 octubre 2017 / Published in Moda

Los derechos de autor en el mundo de la moda.

Por que vemos la misma ropa en todos lados.

[eltd_dropcaps type=”normal”]L[/eltd_dropcaps]a imagen anterior nos lleno de muchos comentarios donde nos decían que no era algo que nos debiera de espantar sabemos que LA CULTURA DE LA MODA ES LA CULTURA DE LA COPIA.  Es una realidad que laborando en cualquier empresa los jefes miraran algo lindo en una tienda de la competencia y pensaran ¨mira esto se ve muy bien, y parece que se vende mejor tengo que hacer lo mismo¨ y se vuelve muy descarado cuando literalmente vamos a las tiendas a comprar mercancía de la competencia y esto sabemos que lo hacen todas las marcas, mandan a las diseñadoras a viajes creativos a Estados Unidos a traer prendas a las que se les hace un suaje para que pasen como muestras en el aeropuerto y  listo llegando a su destino final se procede a desarmarlo para saber como es que fue su confección y patronaje, contamos las puntadas por pulgada, volvemos a suajar la prenda para descubrir el gramaje y el tipo de fibra textil que se ha utilizado y así conseguir bajo el mejor postor el textil que más se le parezca, hay quienes hasta compran las corridas completas de las prendas para poder sacar las mismas tallas que la competencia,  seguro muchos han vivido esta misma situación y no me dejaran mentir.

Entonces ¿la moda tiene derechos de autor?

En teoría existe la propiedad intelectual para proteger la innovación, ya que este es el primer derecho para las personas que diseñan, inventan  o crean . Es la propia creación que genera por ella misma el derecho de autor. También llamado copyright, puede en ciertos casos ser “especializarse”: marcas, patentes de invención…) ; o ser el único derecho posible existente (texto, proyecto, canción, contenido de sitio Web, concepto. Dibujo, foto, logotipo…).  (Copyright, 2017).

Díaz (2017) afirma que en términos generales, la industria de la moda no tiene protección sobre derechos de autor salvo excepciones muy puntuales y diferencias en la legislación de ciertos países: se protege la marca registrada, pero no el diseño como tal  ni ninguna de sus características, lo que, en la práctica, significa que cualquiera puede copiar cualquier cosa, menos la etiqueta con el logotipo. Por lo que ya mencionábamos al principio, por supuesto que puedo registrar mi nombre, mi logotipo y mi imagotipo, pero el registro se reduce a esos aspectos.

La moda es tan cíclica actualmente que si lo pensamos detenidamente no tiene sentido registrar un diseño para después comercializarlo por que en un par de semanas la gente estará pidiendo cosas nuevas, hoy en día cadenas como Inditex sacan más de 51 colecciones al año. Se imaginan proteger 51 colecciones con todas las prendas que contienen una colección, además la mayoría de los diseñadores no son desarrolladores de sus propias telas estamos expuestos a elegir de un muestrario pre seleccionado por nuestros proveedores para que podamos escoger algunas telas para hacer nuestros diseños, y si nuestra materia prima es invención de otro diseñador textil o ingeniero textil siendo justos ¿tendríamos el derecho de protegerlo?

Hoy en día los desarrolladores de fibras textiles tienen el derecho de patentar dichos productos ya que conllevan una invención o una innovación real, donde los beneficios pueden ser únicos, ya sea mayor resistencia, mayor absorción o en el mundo actual más importante que las nuevas fibras sean biodegradables.

En consecuencia en los tribunales hace ya mucho tiempo decidieron que las prendas de vestir son fundamentalmente utilitarias, lo que suena logíco ya que la vestimenta cubre una necesidad como los alimentos, figuren ustedes que alguien quiera llegar a patentar un platillo típico mexicano, por esta condición de ser utilitarias no pueden ser registradas. Entonces los diseñadores son libres de retomar los elementos que quieran ya sea del presente o de una época determinada.

¿Es justo que no se pueda proteger la propiedad intelectual del diseñador en la moda?

 

Encontramos grandes paradojas en la condición que te acabamos de mencionar ya que también es cierto que hay otras industrias que depende los creadores para su realización, por ejemplo la industria musical o la editorial en donde esta condición se defiende completamente, o si lo vemos dentro de la industria de la moda, las fotografías, el maquillaje, en general el stylish es favorecido con esta condición, es decir a pesar de que sus fotos contengan nuestros diseños no somos libres de distribuir dicho material como queramos al contrarío, hay que pagar sumas más fuertes si es que dichas fotos están expuestas a un número mayor de personas.

Además en consecuencia la piratería técnicamente es legal en el mundo de la moda, claro siempre y cuando no utilices el logo o el mismo nombre que la marca en cuestión.

 

 

Fuentes consultadas:

Copyright (3 de septiembre 2017)  Copyright y derechos: La ley. Recuperado el 3 de septiembre de 2017 de Sitio Web

Copyright.Es: http://www.copyright.es/aspecto-juridico.html

Díaz, M. (3 de febrero del 2017) El copyright y la industria de la moda. Recuperado el 2 de septiembre de 2017 de Sitio Web

Hypertextal: https://hipertextual.com/2016/02/copyright-industria-de-la-moda

 

 

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